martes, 1 de mayo de 2012

DOBLE CONTABILIDAD


Constitución de la República Dominicana
Artículo 54.-El Presidente y el Vicepresidente de la República, antes de entrar en funciones, prestarán ante la Asamblea Nacional o ante cualquier funcionario u oficial público, el siguiente juramento:
"Juro por Dios, por la Patria y por mi honor, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes de la República, sostener y defender su independencia, respetar sus derechos y llenar fielmente los deberes de mi cargo".

Este es juramento que se hace cada 4 años en mi país la Republica Dominicana. Juro por Dios Esta parte no la tengo muy clara pero por el nombre de la persona que está involucrada debe ser algo muy serio. No sé si es en nombre de Dios o si es poniendo a Dios como prenda de garantía, como si Dios fuese un objeto de la posesión de alguien. Lo que si se es que jurar por Dios debe ser algo muy serio. 

Aunque la Biblia en Santiago 5.24 dice

Y sobre todo, hermanos míos, no juréis, ni por el cielo, ni por la tierra, ni con ningún otro juramento; antes bien, sea vuestro sí, sí, y vuestro no, no, para que no caigáis bajo juicio.(

“Juro por la Patria”  La patria  (del latín patria, familia o clan > patris, tierra paterna > pater, padre) suele designar la tierra natal o adoptiva a la que un individuo se siente ligado por vínculos de diversa índole, como afectivo, culturales o históricos o lugar donde se nace.


Cuando el presidente jura por la patria esta jurando por nuestra tierra. Otra vez estoy confundido no sé si jura en representación o poniendo nuestra tierra como garantías de sus palabras.

“Juro por mi honor”  Esta parte realmente no me interesa, pues por fin jura por algo que es de él, sea que lo tenga o que no lo tenga.

El  honor es una cualidad moral que lleva al sujeto a cumplir con los deberes propios respecto al prójimo y a uno mismo. Se trata de un concepto ideológico que justifica conductas y explica relaciones sociales.

No sé si mentir es parte del honor de una persona, o la cobardía, la permisividad, la corrupción por acción o por omisión….

Este juramento me llama sobremanera la atención ya que es un juramento que lo hace la persona que maneja el vehículo que lleva la placa con el numero 1. Un juramento que hace delante de Dios, del pueblo dominicano, la Asamblea Nacional, delante de los invitados especiales internacionales, y con la Biblia en sus manos. “Cumplir y hacer cumplir las leyes”

La persona que hace ese juramento lo hace en representación de todos los ciudadanos y ciudadanas de mi país. Esa persona nos representa delante de Dios y de todas las naciones de la tierra. El incumplimiento de este juramento no solamente implica consecuencias de desgracia para la persona que lo hace, sino también para las personas que representa. Esta es mi gran preocupación.

No existe un día en mi país donde ese juramento no sea quebrantado. Incluso un presidente dijo una vez: “La constitución es un pedazo de papel” restándole importancia a la misma.

Si fuese a mencionar las leyes y los artículos de la constitución que el presidente no cumple o de una forma u otra no hace que se cumplan, entonces este escrito sería demasiado extenso y se distanciaría de la intención primaria del mismo.

Un caso muy común en nuestra sociedad dominicana es la práctica de lo que comúnmente se conoce como DOBLE CONTABILIDAD. Una práctica muy conocida en nuestro país. instituciones financieras, empresas, individuos, etc. Invierten importantes recursos financieros y humanos para de esta forma evadir impuestos.

Que el sector privado tenga estas prácticas es de condenar. Pero que sea el Estado quien protagonice esto, es al algo muy alarmante.

En el sector privado sabemos quién se lleva los recursos producto de la evasión de impuesto, se supone que los dueños de las empresas. Pero la pregunta importante es: ¿en la administración pública quien o quienes se benefician de la doble contabilidad?

Un caso es los impuestos de los combustible.

¿Cuál es el caso?

El caso es el siguiente: El impuesto de la gasolina se calcula en base a la ley de hidrocarburos 112-00. Esta ley fija el precio de los derivados del petróleo en base al precio del petróleo según la bolsa de valores de NY, más el costo del transporte, más el costo de producción de los derivados, más los impuestos estatales y de distribución. El impuesto en el caso de la gasolina es de RD$ 41.70 mas con el margen de veneficios de los distribuidores  llega supuestamente alrededor de los 70 y tantos de pesos Dominicanos. (Esto realmente no está muy claro).

Esta ley se creó para que los precios no se manejen a discreción de las autoridades, sino que sean fijados de manera automática. Ya recuerdo la promoción que se hizo por el  año 2000, refiriéndose a los precios: “si suben, suben y si bajan, bajan” 

Esta fue la primera desilusión que recibimos. Pues realmente cuando suben si suben, pero cuando bajan… Industria y Comercio, quien es el organismo que fija los precios, nos hace un cuento.

Pero el gran problema no es ni siquiera que cuando los precios internacionales del petroleo bajan, aquí se viola la ley y los precios no bajan tal como la ley lo establece. El gran problema es que se abulta el impuesto. 

Pero lo más grave es:

·         No compramos petróleo en la bolsa de valores.
·         No compramos petróleo sino combustibles refinados.
·         REFIDONSA no está refinando petróleo.
·         ¿Cómo podemos fijar precios en base a algo que no es real como el precio de compra, transporte, costos de refinamiento, etc.?
·         Compramos combustibles refinados a Venezuela.
·         Sino compramos ni refinamos petróleo ¿Cómo se calculan 50 mil barriles diarios que recibimos por el acuerdo de PETROCARIBE?
¿Cual es costo real de los combustibles?
Según las investigaciones que he realizado al gobierno dominicano un galón de gasolina primiun le cuesta el equivalente a 6 pesos dominicanos actualmente. Y en el gobierno de Hipólito Mejía el costo era de alrededor de 3 pesos.

LA DOBLE CONTABILIDAD

El problema es que el gobierno reporta o registra ganancia de acuerdo a datos que distan de la realidad. En base al precio de un petróleo que no compramos y un transporte que no usamos y un proceso de refinación que no hacemos. La ley 112-00 es una de las estafas mas grande que desde el estado Dominicano se han cometido.

El problema no es que el gobierno este ganando mucho. El problema es que no está reportando todas las ganancias. Pues reporta por los datos falsos de la Ley y no por los datos reales de importación a bajo costos de los derivados procedentes de Venezuela. Quien además es accionista del 49% de REFIDONSA.

La verdad es que este es un complot que suma a legisladores, Industria y Comercio, sindicalistas, periodistas y a la persona que juro ante Dios, el pueblo dominicano, la Asamblea Nacional y con la Palabra de Dios en sus manos, “Cumplir y hacer cumplir la constitución y las leyes de la Republica”. Esta es la principal función de un presidente. Pero parece que en nuestro país los presidentes están en vacaciones permanentes de sus funciones.

Escrito por Nahúm López 1 de mayo de 2012